Seguros para Equipos Electrónicos
El Seguro de Equipos Electrónicos Móviles de MAPFRE cubre todos aquellos conjuntos que trabajan con una alimentación de tensión reducida (por norma general menos de 48 voltios), que disipan muy baja potencia (alrededor de 1.000 vatios) y además, contienen algunos o varios de los siguientes elementos: válvulas, semiconductores o transistores.
Coberturas
En los equipos electrónicos amparados por esta póliza, la energía eléctrica se destina fundamentalmente a producir efectos electrónicos y no al accionamiento de mecanismos. Sin embargo, es posible que coexistan elementos electromecánicos y electrónicos dentro del mismo equipo.
Así, el Seguro de Equipos Electrónicos Móviles de MAPFRE indemnizará por los daños materiales directos que sufran los bienes asegurados como consecuencia de cualquier causa accidental súbita e imprevista que no haya sido excluida expresamente.
Beneficios y ventajas
Gracias a esta póliza, el asegurado contará con sus equipos electrónicos móviles totalmente cubiertos. Cuando los daños o pérdidas sufridos puedan ser reparados, la Compañía reconocerá el importe de los gastos necesarios para dejar el bien dañado en las condiciones existentes inmediatamente antes de ocurrir el siniestro. En esta solución se incluyen los gastos relativos al valor de las piezas de recambio, la mano de obra, desmontaje y montaje, transporte ordinario, derechos de aduana, etc.
En caso de pérdida total del bien, se indemnizará hasta el monto del valor actual que tuviere el bien antes de ocurrir el accidente. En este sentido, los gastos que se contemplan son los de fletes ordinarios, montajes, derechos aduaneros, etc.
Condiciones Generales
El contrato del Seguro de Equipos Electrónicos Móviles de MAPFRE se establece en base a lo que declare el asegurado y garantiza el pago de las indemnizaciones correspondientes. A pesar de ello, esta póliza no cubre lucro esperado ni puede originar beneficio ni enriquecimiento alguno para el asegurado.
Con esta póliza, la Compañía asumirá la compensación de los daños sufridos según las garantías contratadas y en ningún caso estará obligada a indemnizar o reparar por un coste superior al de la suma asegurada o al del límite aplicable al bien dañado.
En caso de que el daño sea reparable, la Compañía sólo se limitará a cubrir el importe de la reparación o a efectuar la misma por su cuenta. Si hay que realizar una reposición o sustitución, la Compañía se responsabilizará también de los gastos necesarios. Cuando la depreciación por antigüedad, uso u obsolescencia sea igual o superior al 75% de su valor de reposición, no se procederá ni a la sustitución ni a la reparación.
La suma asegurada para cada uno de los bienes debe corresponder en cada momento a su valor de reposición a nuevo de la misma o similar clase y capacidad, incluyendo gastos ordinarios de transporte, montaje y derechos de aduana.
Requisitos y restricciones
Los usuarios que quieran disfrutar de las ventajas del Seguro de Equipos Electrónicos Móviles de MAPFRE deben cumplir una serie de requisitos y conocer además, algunas restricciones.
- La Compañía no será responsable de daños o pérdidas causados por fallas o defectos ya existentes y que debiera conocer el asegurado.
- No se contemplan los daños o pérdidas originados por un acto intencional o negligencia del asegurado o sus familiares, así como por el funcionamiento continuo, desgaste normal, corrosión, herrumbre, etc.
- Se excluyen los daños o pérdidas a partes degastables como tubos, válvulas, bandas, fusibles, sellos, neumáticos, rodillos, grabadores, lubricantes, combustibles, etc.
- No se incluyen los daños que se manifiesten como defectos estéticos, como por ejemplo rayas a superficies pintadas, pulidas o esmaltadas.
- Esta póliza no cubre los daños por los que sea responsable el fabricante o proveedor de los bienes asegurados, ya sea legal o contractualmente.
- Se excluyen los daños a equipos alquilados por los cuales sea responsable el propietario bajo un contrato de arrendamiento y/o mantenimiento.
- La Compañía no se responsabiliza de las pérdidas como consecuencia de robo o hurto cuando hayan sido instigados o cometidos en complicidad con cualquier miembro de la familia del asegurado, por los empleados o dependientes.
- La desaparición misteriosa y/o descuido contra la voluntad de su poseedor, sin implicar violencia, no se incluyen entre las coberturas.
- No se contemplan los daños causados por virus informáticos, hackeo y reconstrucción de datos o documentos electrónicos.
- La Compañía no indemnizará los gastos adicionales por horas extras, trabajo en días feriados, flete expreso y aéreo.
- Este seguro no cubre las consecuencias de terremotos, temblores, erupciones volcánicas, inundaciones o maremotos.
- Se excluyen los daños provocados por guerra, invasión, acto de enemigo extranjero, acto de hostilidad, insurrección, tumulto, rebelión, motín, huelgas, actos de terrorismo, etc.
- La Compañía no se responsabiliza de los hechos o actuaciones de las Fuerzas Armadas o Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en tiempo de paz.
- Las consecuencias del uso de energía atómica, materiales, artefactos o armas nucleares, por radiaciones ionizantes, o radioactividad no se contemplan en esta póliza.
- No se aplica indemnización cuando exista dolo, culpa o negligencia grave del asegurado.
- Los gastos por modificaciones, mejoras, adiciones o logro de mayor productividad que se realicen con motivo de un siniestro, estarán en su totalidad a cargo del asegurado.
- La Compañía no responderá de las reparaciones provisionales ni de sus consecuencias, cuando hayan sido efectuadas sin su consentimiento y aumenten los gastos totales de la reparación.
- La Compañía no se responsabiliza de los daños que puedan sufrir los bienes durante su transporte.
- No se abonará el mayor costo de las piezas o recambios importados cuando existan piezas de fabricación nacional.
Recomendaciones de uso
Para poder acceder correctamente a todas las prestaciones del Seguro de Equipos Electrónicos de MAPFRE es importante seguir una serie de recomendaciones de uso. Detallamos las más importantes a continuación:
- El asegurado debe tomar todas las precauciones razonables para evitar los daños y cumplir con los requerimientos, especificaciones, instrucciones y recomendaciones del fabricante.
- El asegurado tiene que tomar las medidas de seguridad necesarias para evitar el robo, así como informar sin demora a la Compañía el pedido de convocatoria de sus acreedores o de su propia quiebra.
- En caso de siniestro, el asegurado debe interrumpir el funcionamiento de cualquier elemento del equipo dañado hasta que haya sido reparado. También es necesario denunciar y presentar declaración inmediatamente de conocido el siniestro a las autoridades competentes.
- En caso de robo y/o hurto, el asegurado deberá cooperar en la identificación de los autores y permitir a la Compañía el acceso al lugar donde se encuentran los objetos asegurados.
- Si el asegurado incurre en reserva o inexactitud en algún dato que pueda influir en la valoración del riesgo, la Compañía puede rescindir el contrato.
- Será nulo el contrato si en el momento de su contratación no existe el riesgo o ha ocurrido el siniestro.
- Cualquiera de las partes tiene derecho a rescindir el contrato sin expresar causa siempre que se realice por escrito.
- La variación de las circunstancias en que se encuentran los bienes asegurados debe ser comunicada a la Compañía cuando determinen una agravación de las mismas.
- El asegurado debe poner a disposición de la Compañía todos los bienes que se recuperen después del siniestro y por los cuales hubiese recibido indemnización.
- El asegurado no podrá hacer abandono total o parcial de los bienes asegurados, ya se encuentren afectados por el siniestro o no.
- La Compañía pagará el importe de la indemnización debida al asegurado en un plazo máximo de 30 días después de que éste haya cumplido todas las obligaciones establecidas.
- Si la suma asegurada para cada bien en el momento del siniestro es inferior a su respectivo valor de reposición a nuevo, el asegurado tendrá que asumir la parte proporcional del daño.