Construcción y Montaje
Coberturas
- Daños causados directamente por terremoto
Temblor, maremoto y erupción volcánica. - Daños causados directamente por ciclón, huracán
Tempestad, vientos, inundación, desbordamiento, enfangamiento, hundimiento, derrumbes, etc. - Daños causados directamente por el contratista
En el curso de la ejecución de las operaciones realizadas para dar cumplimiento a sus obligaciones derivadas de la cláusula de mantenimiento del contrato de construcción.
- Responsabilidad civil extracontractual
Por daños materiales producidos a bienes de terceros. - Responsabilidad civil extracontractual
Por lesiones corporales, incluyendo la muerte, producidas a personas que no estén al servicio del asegurado. - Maquinaria de construcción
Equipos y herramientas, máquinas e instalaciones auxiliares de toda clase, oficinas y bodegas provisionales.
Beneficios y ventajas
Pérdidas o daños por huelga
Responsabilidad civil
Mantenimiento
Amplia de mantenimiento
Gastos adicionales
Gastos para flete aéreo
Maquinaria e instalaciones
Siniestros
Obras civiles
Propiedad existente
Elementos portantes
Condiciones generales
En el caso de que el periodo de construcción resulte mayor que el tiempo por el que se expidió la póliza, la Compañía podrá extender la vigencia del seguro mediante el cobro de una prima extra.
Si al producirse una pérdida o daño resultara que la suma asegurada fuere menor que la cantidad que se requiere esté asegurada, la suma recuperable por el asegurado será reducida en tal proporción como la suma asegurada guarde relación con la cantidad que se requiere esté asegurada.
Requisitos y restricciones
Los clientes que quieran disfrutar de las ventajas del Seguro de Construcción y Montaje de MAPFRE deben cumplir una serie de requisitos y conocer además, algunas restricciones:
- Este seguro no cubre embarcaciones, vehículos automotores con licencia para transitar en vías públicas, aviones, bienes de propiedad de obreros, dinero, valores, planos o documentos.
- La Compañía no se responsabiliza de las pérdidas a consecuencia de dolo o imprudencia manifiesta del asegurado.
- Se excluyen los daños ocasionados por guerra, hostilidades, revolución, rebelión, insurrección, motines, conspiraciones, confiscación, huelgas, disturbios políticos, etc.
- No se contemplan las consecuencias de reacciones nucleares, radiación nuclear y contaminación radioactiva.
- No se incluye lucro cesante, demora, paralización del trabajo total o parcial.
- La Compañía no responderá por desgaste, deterioro, corrosiones, herrumbres, raspaduras de superficies, oxidación, etc.
- Se excluyen los daños sufridos durante el transporte de los bienes al sitio de construcción, así como las pérdidas debidas a cálculo o diseño erróneo.
- No se abonarán los costos de reemplazo, reparación o rectificación de materiales y/o mano de obra defectuosa.
- No se incluyen los daños causados en el equipo y maquinaria de construcción por defectos eléctricos o mecánicos internos, fallas, lubricación deficiente, etc.
- La Compañía no se responsabiliza de las sanciones impuestas al asegurado por incumplimiento de los contratos de construcción de los bienes asegurados, así como por deficiencias o defectos de estética.
- En la póliza no se contemplan los faltantes que se descubran al efectuar inventarios físicos o revisiones de control.
- Se excluyen los defectos de los bienes asegurados que ya existieran al iniciarse los trabajos.
Recomendaciones de uso
Para poder acceder correctamente a todas las prestaciones del Seguro de Construcción y Montaje de MAPFRE es importante seguir una serie de recomendaciones de uso. Detallamos las más relevantes a continuación:
- El asegurado está obligado a notificar a la Compañía todos los hechos que puedan aumentar o disminuir las sumas aseguradas.
- Cuando el asegurado tenga que interrumpir la construcción, deberá notificarlo a la Compañía. Durante este tiempo, se puede convenir un amparo restringido mediante una reducción de prima.
- La Compañía tendrá el derecho de inspeccionar el sitio de la construcción y los bienes asegurados en cualquier hora hábil y por personas debidamente autorizadas por la misma.
- El asegurado está obligado a proporcionar a la Compañía todos los detalles e informaciones que sean necesarios para la apreciación del riesgo.
- Al ocurrir un siniestro, el asegurado tiene que comunicarlo inmediatamente a la Compañía, ejecutar todos los actos posibles que tienden a evitar la extensión del daño, conservar las partes dañadas, informar a las autoridades respectivas en caso de pérdida por hurto o robo.
- La Compañía no será responsable por ninguna pérdida o daño de la cual no haya recibido notificación 15 días después de ocurrir el siniestro.
- Si el asegurado estuviere amparado por otros seguros que cubran el mismo riesgo, deberá declararlo a la Compañía.
- Tanto la Compañía como el asegurado tienen derecho a terminar el contrato mediante aviso por carta certificada con 8 días de anticipación.